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Obligaciones del alumnado
Las personas participantes en acciones autorizadas de acuerdo con la Orden de referencia están obligadas a:
- Asistir a las clases de forma regular y continua.
- Seguir con aprovechamiento la accion formativa.
- No simultanear cursos de formación profesional para el empleo, aunque exista compatibilidad horaria.
Serán causas de exclusión del alumnado:
- La falta de aprovechamiento o la obstaculización del normal desarrollo del curso, con le visto bueno previo del personal técnico de enlace.
- Simultanear cursos de formación profesional para el empleo. En este caso, la exclusión se aplicará a los cursos a los que se hubiera incorporado de forma mas reciente.
Quienes no superen la totalidad de los módulos asociados al certificado de profesionalidad y superen los módulos asociados a una o varias unidades de competencia del mismo, recibirán una certificación de los módulos superados que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas.